Caso Comunidad Ancestral de Salango vs. Ecuador ante la Corte IDH

Salango
Martes 20 de Mayo de 2025

Revista Crisis conversó con Amanda Mosquera Meza, abogada del Caso desde Fundación INREDH en el caso de la Comunidad ncestral de Salango contra el Estado ecuatoriano.

La Comunidad Ancestral de Salango pertenece al Pueblo Manta-Huancavilca, que ha ocupado de forma continua su territorio por más de 5,500 años fue víctima en 2001 de la venta fraudulenta de 34,32 hectáreas de su territorio comunal. Sin el consentimiento de lxs comunerxs, se privatizaron a playas y caminos comunales, al tiempo que se criminalizó a la organización comunitaria que resistió este proceso de despojo. 

RC: ¿Cuál es el elemento central del caso Salango?

AM: El eje central del caso radica en que el Estado ecuatoriano vulneró los derechos a la propiedad colectiva, garantías judiciales, personalidad jurídica, igualdad ante la ley e identidad cultural de la comunidad indígena ancestral de Salango, al desconocer su identidad indígena y permitir la venta de su territorio comunal. Al respecto tenemos que enfatizar que en esta transacción de su territorio, se dio una autorización por parte de autoridades estatales, a pesar de que para ese momento la constitución ya reconocía que los territorios de las comunidades indígenas son indivisibles, inalienables e imprescriptibles. En este sentido, se permitió una afectación grave a sus derechos colectivos bajo una lógica legal reduccionista y que invisibilizó su condición de pueblo ancestral.

RC: ¿Cómo se expresa la desigualdad de poder entre el sector público y los comuneros en este caso?

AM: La desigualdad de poder se evidencia en la forma en que distintas instituciones estatales actuaron de manera contradictoria y arbitraria, generando de esta manera un escenario de indefensión para la comunidad. Por ejemplo, el Ministerio de Agricultura en primera instancia negó la autorización para la compra-venta del territorio de Salango, reconociendo que se trataba de tierra comunal protegida por derechos colectivos, sin embargo la Procuraduría General del Estado desestimó esta identidad indígena respaldando la venta, y esta postura fue luego acogida por jueces constitucionales, que dejaron sin efecto la negativa por parte del ministerio. Y a su vez, aunque la registradora de la propiedad de Puerto López también se negó a la venta por considerar que contravenía la normativa constitucional vigente, el juez noveno de lo civil de Guayaquil ordenó su inscripción.

Estas contradicciones evidencian una asimetría profunda, donde la comunidad no tuvo una posibilidad real de defensa frente a un aparato estatal fragmentado, que operó en su contra sin fundamentos técnicos ni jurídicos sólidos, inclusive porque este mismo aparataje estatal es el que desconoció su identidad indígena, y a través de este desconocimiento es que se autorizó esta venta. Además varios miembros de la comunidad fueron criminalizados, lo que evidencia la utilización por parte del aparataje estatal por parte de particulares para perseguir a quienes defienden su territorio ancestral.

RC: ¿Que sigue para la comunidad de Salango, si la Corte IDH falla a su favor?

AM: Un fallo favorable marcaría un antecedente histórico, no solo para Salango, sino para todas las comunidades indígenas costeras, cuyas formar de organización y procesos de resistencia han sido históricamente ignorados por parte del Estado. Es por ello que sería un paso fundamental para el reconocimiento de su identidad indígena y para el fortalecimiento de su derecho a la autoidentificación, a su territorio y a la personalidad jurídica de estos pueblos y comunidades cuya historia no ha encajado dentro de los moldes institucionales dominantes. Además implicaría que la Corte Interamericana disponga medidas de reparación, entre ellas que se obligue al Estado ecuatoriano a restituir el territorio ancestral a la comunidad indígena de Salango.